Licencia para construcción menor o igual a 60m2 en Centro Histórico (T-OPDU-CH-01)
Dirección de Obras Públicas y Desarrollo Urbano
Licencia
0.39 - 0.60 UMA  
+ 15% adicional
10 Día(s) hábil(es)
Vigencia: 365 Día(s) natural(es)
09:00 am a 15:00 pm
Teléfonos: (229) 932-5926 ext. s/e
09:00 am a 16:00 pm
Teléfonos: (229) 200-2062 ext. 1271
¿Qué es?
Es cuando se requiere construir obra nueva , ampliación o remodelación menor o igual a 60m2 en perímetro de Centro Histórico.
¿Quién puede solicitarlo?
Personas físicas
Personas morales
¿Cuáles son las formas de pago?
Efectivo
En línea
Tarjeta bancaria
Cheque
¿Qué documentos necesito?
Persona Física | Persona moral | |
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*El número de copias solo aplica para trámites que se realizan de manera presencial |
Fundamento jurídico
Fundamento Jurídico: Artículos 1, 44 apartado VII del Reglamento Interior de la Administración Pública del Municipio de Veracruz, Veracruz de Ignacio de la Llave; artículos 1, 53, 54, 56, 59 del Reglamento de Construcciones Públicas y Privadas para el Municipio de Veracruz; artículo 206 fracc. i, ii del Código Hacendario para el Municipio de Veracruz ; artículos 1, 125,127 del Reglamento del Centro Histórico del Municipio de Veracruz, Ver.
Criterios de resolución
Para determinar la viabilidad la autorización, se tomará en cuenta la información y documentos presentados por el solicitante, y que estos no se contrapongan con la normatividad aplicable. Sólo se otorgarán trámites a las personas físicas o morales que aparezcan como propietarias en Escritura Pública inscripta en el Registro Público de la Propiedad; o a quien ostente algún vínculo legal con el o los propietarios. No se realizará ningún trámite o se otorgará licencia alguna, cuando en el predio exista un estado litigioso. No se autorizarán ampliaciones que impliquen suprimir el área correspondiente al estacionamiento en viviendas. Una vez que se ha integrado el expediente correctamente, se deberá pagar los siguientes derechos, según sea el caso. Artículo 206. … Licencia de construcción obra nueva, ampliación, remodelación y remodelación de fachada (m2 x fracción de uma) +15% 1.Residencial 0.392 uma; 2. Medio 0.338uma; 3. Interés Social 0.105uma; 4. Popular 0.084uma; 5. Comercial 0.595uma; 6. Industrial 0.595uma; 7. Agropecuario 0.212 uma; 8. De Servicio 0.212uma. Licencia de demolición (m2 x fracción de uma) +15% 1. Residencial 0.358 uma; 2. Medio 0.287 uma; 3. Interés Social 0.178 uma; 4. Popular 0.143uma; 5. Comercial 0.805 uma; 6. Industrial 0.805uma; 7. Agropecuario 0.322uma; 8. De Servicio 0.570uma. Licencia para realizar obras, modificaciones, reparaciones, introducir servicios provisionales o permanentes en la vía pública, por metro lineal o cuadrado, según corresponda, 2.8 uma. +15% De construcción o instalación de antenas de telecomunicación, por metro lineal, 250 uma. +15%. Por registro, estudio y aprobación de planos y proyectos de construcción, remodelación o ampliación, de acuerdo a los reglamentos vigentes, por plano: Residencial 5.6uma; Medio 4.2uma; Interés Social 2.8uma; Popular 1.4uma; Comercial 11.2uma; Industrial 11.2uma; Agropecuario 5.6uma; De Servicio 5.6uma. Por Término de obra, 10 uma; Constancia por lona de obra, 10 uma; Constancias, y/o autorizaciones varias de desarrollo urbano, 10 uma. Artículo 247. … b). Por ocupación vía pública de banqueta en la ciudad 0.07 uma. a) Instalaciones lineales diversas por metro 0.07 uma. Nota: A todos los importes se le agregará el 15% por servicios municipales.
Fecha de última actualización
2025-01-24 10:16:23
El inicio de este trámite no garantiza una respuesta favorable y depende del cumplimiento de los requisitos solicitados.