Licencia de Obra Pública (T-OPDU-CU-11)
Dirección de Obras Públicas y Desarrollo Urbano
Licencia de Obra Pública
Gratuito
7 Día(s) hábil(es)
Vigencia: 365 Día(s) hábil(es)
09:00 am a 13:00 pm
Teléfonos: (229) 200-2248 ext. sin extensión
09:00 am a 16:00 pm
Teléfonos: (229) 200-2062 ext. 1271
¿Qué es?
Es la licencia de construcción que se otorga a las dependencias y entidades que realicen obras públicas y servicios relacionados con las mismas, sea por contrato o por administración directa.
¿Quién puede solicitarlo?
Personas físicas
Personas morales
¿Qué documentos necesito?
Persona Física | Persona moral | |
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*El número de copias solo aplica para trámites que se realizan de manera presencial |
Fundamento jurídico
Artículos 56 fracción IX, 58, 59 fracción IX, y 61 del Reglamento para Construcciones Públicas y Privadas del Municipio Libre de Veracruz. Artículos 2 fracción XXXIV, 3 apartado A, y 12 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con Ellas del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.
Criterios de resolución
Las dependencias y entidades, cuando sea el caso, previamente a la realización de los trabajos, deberán tramitar y obtener de las autoridades competentes los dictámenes, permisos, licencias, derechos de bancos de materiales, así como la propiedad o los derechos de propiedad incluyendo derechos de vía y expropiación de inmuebles sobre los cuales se ejecutarán las obras públicas, o en su caso los derechos otorgados por quien pueda disponer legalmente de los mismos. Al solicitar las Licencias de Construcción se deberá entregar a la Ventanilla Única el expediente completo exceptuándose de realizar el pago de los derechos municipales.
Fecha de última actualización
2023-05-16 09:53:25
El inicio de este trámite no garantiza una respuesta favorable y depende del cumplimiento de los requisitos solicitados.