Acta de divorcio administrativo (RC27)
Dirección de Registro Civil
Acta de divorcio
$ 3, 437.00 Pesos
8 Día(s) hábil(es)
Vigencia: Permanente
08:00 am a 14:00 pm
Teléfonos: (229) 200-2290 ext. Sin extensión
09:00 am a 16:00 pm
Teléfonos: (229) 200-2062 ext. 1271
¿Qué es?
Es el trámite por medio del cual dos personas que desean dar por terminado el contrato de matrimonio, pueden realizarlo ante el registro civil del municipio de Veracruz
¿Quién puede solicitarlo?
Personas físicas
¿Cuáles son las formas de pago?
Efectivo
¿Qué documentos necesito?
Persona Física | Persona moral | |
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*El número de copias solo aplica para trámites que se realizan de manera presencial |
Fundamento jurídico
Articulo 69 bando de gobierno para el municipio libre de Veracruz. Articulo 655 y 657 del Código Civil del Estado de Veracruz.
Criterios de resolución
Procede el divorcio administrativo cuando ambos cónyuges convengan en divorciarse, hayan liquidado la sociedad conyugal de bienes; la cónyuge no esté embarazada, no tengan descendencia en común o teniéndola sean mayores de edad y no requieran alimentos, ni tampoco los necesite alguno de los cónyuges. Las personas apoderadas legales también pueden solicitar el tramite. Si las o los hijos son personas mayores de edad y no pueden comprobar ingresos deberán hacer un escrito dirigido al Encargado del Registro Civil y debidamente firmado dónde manifiesten que no dependen económicamente de su madre y/o padre
Fecha de última actualización
2025-02-11 11:27:45
El inicio de este trámite no garantiza una respuesta favorable y depende del cumplimiento de los requisitos solicitados.