Loading...
Loading...
Loading...
Loading...
Loading...
Loading...
Loading...
Loading...

DESCARGANDO

 

Licencia de Demolición (OP32)

keyboard_arrow_down

Dirección de Obras Públicas y Desarrollo Urbano

Licencia de Demolición


96.22 - 0.00 UMA  


7 Día(s) hábil(es)

Vigencia: 365 Día(s) hábil(es)


09:00 am a 13:00 pm

Teléfonos: (229) 200-2248 ext. sin extensión


09:00 am a 16:00 pm

Teléfonos: (229) 200-2062 ext. 1271

¿Qué es?

Es el trámite que realizan personas físicas o morales cuando requieren la autorización que otorga la Dirección a los propietarios o poseedores de una edificación para llevar a cabo el acto de derribar o derrumbar una construcción existente.

¿Quién puede solicitarlo?

Personas físicas
Personas morales

¿Cuáles son las formas de pago?

Efectivo
En línea

¿Qué documentos necesito?
Persona Física Persona moral
  • Formato Multitrámite
  • Recibo de pago predial
  • Identificación oficial
  • Escritura
  • Croquis
  • Reporte
  • Carta responsiva
  • Anuencia
  • Autorización
  • Lona
  • Acta constitutiva
  • *El número de copias solo aplica para trámites que se realizan de manera presencial
    Fundamento jurídico

    Art. 44 fracción I, 45 fracción VII, 46, 53, 54, 55, 56, 59, 159 fracción VII , 159, 160, 161, 162, 163, 164, 171, 181 del Reglamento para Construcciones Públicas y Privadas del Municipio Libre de Veracruz. Artículo 206 fracción III inciso e), articulo 209, y Artículo 172 Fracción III del Decreto Número 292 por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código Número 543 del Hacendario para el Municipio de Veracruz, Ver., publicado en la Gaceta Oficial el día 15 de octubre de 2019, Núm. Ext. 412.

    Criterios de resolución

    Sólo se otorgarán trámites a las personas físicas o a las personas morales que aparezcan como propietarias en Escritura Pública inscrita en el Registro Público de la Propiedad. No se realizará ningún trámite o se otorgará licencia alguna, cuando en el predio exista un estado litigioso. Por concepto de demolición de losa se tomará como base la superficie que resulte de la multiplicación de largo por ancho de losa. Estos derechos tendrán como base la superficie horizontal total, que resulte de sumar las superficies horizontales parciales correspondientes a cada uno de los pisos que cubran las construcciones a demolerse. La Dirección autorizará el sitio de depósito de los materiales de desecho y escombro producto de la demolición: Cumplir con los lineamientos estipulados en el Reglamento de Construcción Municipal. Deberá entregar el expediente completo con los requisitos señalados, y realizar el pago correspondiente calculado como se indica: SECTOR VECES UMA + CONTRIBUCION 15%. UMA TOTAL UNIDAD RESIDENCIAL 0.256 UMA+15% (0.256 x $96.22)+15% $28.33 M2 MEDIO 0.205 UMA+15% (10.205 x $96.22)+15% $22.68 M2 INTERÉS SOCIAL 0.1275 UMA+15% (0.1275 x $96.22)+15% $14.11 M2 POPULAR 0.1025 UMA+15% (0.1025 x $96.22)+15% $11.34 M2 COMERCIAL 0.575 UMA+15% (0.575 x $96.22)+15% $63.63 M2 INDUSTRIAL 0.575 UMA+15% (0.575 x $96.22)+15% $63.63 M2 AGROPECUARIO 0.23 UMA+15% (0.23 x $96.22)+15% $25.45 M2 DE SERVICIO 0.4075 UMA+15% (0.4075 x $96.22)+15% $45.09 M2 NOTA: Por concepto de demolición de losa se tomará como base la superficie que resulte de la multiplicación de largo por ancho de losa. Estos derechos tendrán como base la superficie horizontal total, que resulte de sumar las superficies horizontales parciales correspondientes a cada uno de los pisos que cubran las construcciones a demolerse.

    Fecha de última actualización

    2022-05-05 11:52:49

    El inicio de este trámite no garantiza una respuesta favorable y depende del cumplimiento de los requisitos solicitados.

    ¿Qué te pareció nuestro sitio?
    Escríbenos un comentario