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Licencia de construcción menor o igual a 60 m2 (OP23)

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Dirección de Obras Públicas y Desarrollo Urbano

Licencia de Construcción Menor


96.22 - 0.00 UMA  


7 Día(s) hábil(es)

Vigencia: 365 Día(s) hábil(es)


09:00 am a 13:00 pm

Teléfonos: (229) 200-2250 ext. 1014


09:00 am a 16:00 pm

Teléfonos: (229) 200-2062 ext. 1271

¿Qué es?

Es el trámite que solicitan personas física y/o morales cuando requieren una Licencia de Construcción Menor o hasta 60 m2 para (obra Nueva, Ampliación y Regularización)

¿Quién puede solicitarlo?

Personas físicas
Personas morales

¿Cuáles son las formas de pago?

Efectivo
En línea

¿Qué documentos necesito?
Persona Física Persona moral
  • Formato Multitrámite
  • Recibo de pago predial
  • Identificación oficial
  • Escritura
  • Deslinde
  • Alineamiento y número oficial
  • Croquis
  • Reporte
  • Planos
  • Carta responsiva
  • *El número de copias solo aplica para trámites que se realizan de manera presencial
    Fundamento jurídico

    Artículos: 10, 46, 53, 54, 55, 56,57, 58, 59, 60 y 61 del Reglamento para Construcciones Públicas y Privadas del Municipio Libre de Veracruz, Articulo 206 Fracción III Inciso b) y Articulo 172 Fracción III del Código Hacendario para el Municipio de Veracruz de Ignacio de la Llave

    Criterios de resolución

    La licencia para construcción menor o igual a 60 metros cuadrados, será otorgada en obras nuevas y pie de casa, así como en ampliaciones que presenten plano antecedente y/o plano tipo entregado por el fraccionador, la cual se otorgará por única ocasión en un solo predio. Para determinar la viabilidad la autorización, se tomará en cuenta la información y documentos presentados por el solicitante, y que estos no se contrapongan con la normatividad aplicable. Sólo se otorgarán trámites a las personas físicas o morales que aparezcan como propietarias en Escritura Pública inscripta en el Registro Público de la Propiedad; o a quien ostente algún vínculo legal con el o los propietarios. No se realizará ningún trámite o se otorgará licencia alguna, cuando en el predio exista un estado litigioso. Si habiendo cumplido el interesado con dichos requerimientos, y la Dirección omitiera resolver la solicitud y/o autorización en el plazo previsto, se considerará la respuesta como negativa ficta y podrá proceder conforme a derecho. No se autorizarán ampliaciones que impliquen suprimir el área correspondiente al estacionamiento en viviendas. TIPO VECES UMA + CONTRIBUCION 15%. UMA TOTAL UNIDAD RESIDENCIAL 0.280 UMA+15% (0.28x$96.22)+15% $4.04 M2 MEDIO 0.242 UMA+15% (0.242x$96.22)+15% $3.49 M2 INTERÉS SOCIAL 0.075 UMA+15% (0.075x$96.22)+15% $1.08 M2 POPULAR 0.060 UMA+15% (0.06x$96.22)+15% $0.87 M2 Deberá entregar el expediente completo con los requisitos señalados, y realizar el pago correspondiente a la licencia de construcción como se indica, así como los rubros aplicables (bardas, registro de planos, termino de obra, cisternas, albercas, tanques, estacionamientos, patios descubiertos) por proyecto presentado, ver anexo. DERECHOS MATERIALES CODIGO HACENDARIO

    Fecha de última actualización

    2026-03-27 14:42:08

    El inicio de este trámite no garantiza una respuesta favorable y depende del cumplimiento de los requisitos solicitados.

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