Licencia para Reposición de Banqueta (OP30)
Dirección de Obras Públicas y Desarrollo Urbano
Licencia de Reposición de Banqueta
96.22 - 0.00 UMA  
7 Día(s) hábil(es)
Vigencia: 365 Día(s) hábil(es)
09:00 am a 13:00 pm
Teléfonos: (229) 200-2248 ext. sin extensión
09:00 am a 16:00 pm
Teléfonos: (229) 200-2062 ext. 1271
¿Qué es?
Es la autorización que otorga la Dirección para realizar obras, modificaciones, reparaciones y reposiciones de banquetas, entendiéndose estas el del elemento urbano que separa el inmueble del arroyo vehicular incluyendo su guarnición.
¿Quién puede solicitarlo?
Personas físicas
Personas morales
¿Cuáles son las formas de pago?
Efectivo
En línea
¿Qué documentos necesito?
Persona Física | Persona moral | |
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*El número de copias solo aplica para trámites que se realizan de manera presencial |
Fundamento jurídico
Artículo19, 29, 30, 59 Fracción VIII. 2 inciso h), 153, 154, 155, 157 y 158 del Reglamento para Construcciones Públicas y Privadas del Municipio Libre de Veracruz. Artículo 206 Fracción III Inciso k) y Art. 172 Fracción III y Artículo 172 Fracción III del Decreto Número 292 por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código Número 543 del Hacendario para el Municipio de Veracruz, Ver., publicado en la Gaceta Oficial el día 15 de octubre de 2019, Núm. Ext. 412.
Criterios de resolución
No se autorizará a los particulares el uso de la vía pública para: I. Aumentar el área de un predio o de una construcción de forma aérea y/o superficial; II. Obras, actividades o fines que ocasionen molestias al vecindario, tales como la producción de polvos, humos, malos olores, gases, ruidos y luces intensas; III. Conducir líquidos por su superficie; IV. Escalones y rampas de acceso a predios particulares, fuera del alineamiento oficial; V. Colorar o instalar pisos cerámicos o de cualquier otro tipo de material, así como modificar el nivel de banqueta; VI. Construir arriates o macetas arriba del nivel de piso terminado de banqueta; VII. Colocar o instalar transformadores de luz propiedad del inmueble, del fraccionador o de la Comisión Federal de Electricidad; y VIII. Aquellos otros fines que el Ayuntamiento considere contrarios al interés público. La Dirección autorizará el rompimiento y/o reposición de banquetas y pavimentos por el Propietario y/o Perito Responsable de la obra, garantizando con una fianza a favor del Municipio el exacto cumplimiento de la obra, así como una responsiva de la reposición de banqueta por cuenta del constructor. TIPO VECES UMA + CONTRIBUCION 15%. UMA TOTAL UNIDAD CUALQUIER SECTOR 2 UMA´s+15% 2x $89.62+15% $ 206.13 ML
Fecha de última actualización
2022-05-05 12:03:54
Documentos para descargar
El inicio de este trámite no garantiza una respuesta favorable y depende del cumplimiento de los requisitos solicitados.