Aviso de suspensión de actividad (Giro C) Modalidad: Definitiva (DC27)
Dirección de Comercio
No aplica
Gratuito
2 Día(s) hábil(es)
Vigencia: Permanente
08:00 am a 15:00 pm
Teléfonos: (229) 200-2000 ext. 3134
08:00 am a 15:00 pm
Teléfonos: (229) 200-2065 ext. 1271
¿Qué es?
Cuando un Comercio con Licencia de Funcionamiento suspende sus actividades comerciales definitivamente es importante realizar el tramite de suspensión de actividad definitiva, con el objetivo de no generar derechos (refrendos futuros) y dar de baja el padrón; ya que dichos adeudos, pueden convertirse en Créditos Fiscales siendo el deudor el Propietario y/o Representante Legal del negocio.
¿Quién puede solicitarlo?
Personas físicas
Personas morales
¿Qué documentos necesito?
Persona Física | Persona moral | |
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*El número de copias solo aplica para trámites que se realizan de manera presencial |
Fundamento jurídico
Artículo 5 y 28 del Reglamento de comercio, industria y espectáculos para el municipio libre de Veracruz Articulo 61 y 196 del Código hacendario para el municipio de Veracruz
Criterios de resolución
Cumplir con todos los requisitos
Fecha de última actualización
2025-03-20 14:25:54
Documentos para descargar
El inicio de este trámite no garantiza una respuesta favorable y depende del cumplimiento de los requisitos solicitados.