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Aviso de suspensión de actividad (Giro C) Modalidad: Definitiva (DC27)

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Dirección de Comercio

No aplica


Gratuito


2 Día(s) hábil(es)

Vigencia: Permanente


08:00 am a 15:00 pm

Teléfonos: (229) 200-2000 ext. 3134


08:00 am a 15:00 pm

Teléfonos: (229) 200-2065 ext. 1271

¿Qué es?

Cuando un Comercio con Licencia de Funcionamiento suspende sus actividades comerciales definitivamente es importante realizar el tramite de suspensión de actividad definitiva, con el objetivo de no generar derechos (refrendos futuros) y dar de baja el padrón; ya que dichos adeudos, pueden convertirse en Créditos Fiscales siendo el deudor el Propietario y/o Representante Legal del negocio.

¿Quién puede solicitarlo?

Personas físicas
Personas morales

¿Qué documentos necesito?
Persona Física Persona moral
  • Identificación oficial
  • Cédula
  • Licencia de funcionamiento
  • Cédula de Identificación Fiscal (CIF)
  • Formato Multitrámite
  • Pago de refrendo
  • *El número de copias solo aplica para trámites que se realizan de manera presencial
    Fundamento jurídico

    Artículo 5 y 28 del Reglamento de comercio, industria y espectáculos para el municipio libre de Veracruz Articulo 61 y 196 del Código hacendario para el municipio de Veracruz

    Criterios de resolución

    Cumplir con todos los requisitos

    Fecha de última actualización

    2025-03-20 14:25:54

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    El inicio de este trámite no garantiza una respuesta favorable y depende del cumplimiento de los requisitos solicitados.

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