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Aviso de suspensión de actividad (Giro C) Modalidad: Temporal (DC28)

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Dirección de Comercio

No aplica


Gratuito


2 Día(s) hábil(es)

Vigencia: Permanente


08:00 am a 15:00 pm

Teléfonos: (229) 200-2000 ext. 3134


09:00 am a 16:00 pm

Teléfonos: (229) 200-2065 ext. 1271

¿Qué es?

Cuando un Comercio con Licencia de Funcionamiento suspende sus actividades comerciales temporalmente es importante realizar el tramite de suspensión de actividad temporal, con el objetivo de no generar derechos (refrendos futuros) que puedan convertirse en Créditos Fiscales siendo el deudor el Propietario y/o Representante Legal del negocio.

¿Quién puede solicitarlo?

Personas físicas
Personas morales

¿Qué documentos necesito?
Persona Física Persona moral
  • Identificación oficial
  • Cédula
  • Licencia de funcionamiento
  • Constancia
  • Acta constitutiva
  • Comprobante
  • Fotografías
  • Formato Multitrámite
  • Pago de refrendo
  • Recibo de pago predial
  • *El número de copias solo aplica para trámites que se realizan de manera presencial
    Fundamento jurídico

    Artículo 5 y del 21 al 30 del Reglamento de comercio, industria y espectáculos para el municipio libre de Veracruz Articulo 61 y 196 del Código hacendario para el municipio de Veracruz

    Criterios de resolución

    Cumplir con los requisitos solicitados.

    Fecha de última actualización

    2023-04-27 20:04:01

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    El inicio de este trámite no garantiza una respuesta favorable y depende del cumplimiento de los requisitos solicitados.

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