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Aviso de suspensión de actividad (Giro C) Modalidad: Temporal (DC28)

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Dirección de Comercio

No aplica


Gratuito


2 Día(s) hábil(es)

Vigencia: Permanente


08:00 am a 15:00 pm

Teléfonos: (229) 200-2000 ext. 3134


09:00 am a 16:00 pm

Teléfonos: (229) 200-2065 ext. 1271

¿Qué es?

Cuando un Comercio con Cédula de Empadronamiento y/o Licencia de Funcionamiento suspende sus actividades comerciales temporalmente es importante realizar el tramite de suspensión de actividad definitiva, con el objetivo de no generar derechos (refrendos futuros) y dar de baja el padrón; ya que dichos adeudos, pueden convertirse en Créditos Fiscales siendo el deudor el Propietario y/o Representante Legal del negocio.

¿Quién puede solicitarlo?

Personas físicas
Personas morales

¿Qué documentos necesito?
Persona Física Persona moral
  • Cédula
  • Licencia de funcionamiento
  • Formato Multitrámite
  • Pago de refrendo
  • *El número de copias solo aplica para trámites que se realizan de manera presencial
    Fundamento jurídico

    Artículo 61 fracciones X, XI y XII, 65 fracción IV, 196 y 197 del Código Hacendario para el Municipio de Veracruz. Artículo 62 fracciones VII y IX del Reglamento Interno para la Administración Pública del Municipio de Veracruz. Artículo 5, 16 fracción XII, 28 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el municipio libre de Veracruz

    Criterios de resolución

    Cumplir con los requisitos solicitados.

    Fecha de última actualización

    2026-09-18 14:48:27

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    El inicio de este trámite no garantiza una respuesta favorable y depende del cumplimiento de los requisitos solicitados.

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